BASES Y CONDICIONES SORTEO
En Presume de Bebé realizamos ocasionalmente sorteos en Facebook o por otros medios.
En estas bases están las normas generales de participación de estos sorteos.
1.- EMPRESA ORGANIZADORA
Las acciones promocionales, sorteos y promociones serán promovidas por Carlos Barba Alvaro como representante legal en nombre de Presume de bebé, a partir de ahora la EMPRESA.
2.- PARTICIPACIÓN Para poder participar en las diferentes acciones promocionales promovidas por la EMPRESA, se exige ser persona física, residente en España y con mayoría de edad.
Las condiciones particulares de participación, estarán indicadas en cada promoción.
Promoción/sorteo especial día de la Madre: Para participar en el sorteo debe contratar al menos un reportaje en el plazo indicado en la promoción , la oferta descuento es aplicable solo por tiempo limitado hasta la finalización del sorteo.
Por lo general, y salvo que se establezca otra cosa en alguna promoción particular, sólo se admitirá una participación por persona.
3.- El periodo de participación de cada sorteo en particular, la fecha de realización del sorteo, el número de personas ganadoras (en caso de realizarse un sorteo con más de una persona ganadora), el premio y las condiciones para participar (Compartir la publicación, mencionar a otras personas en los comentarios, etc.) se indican en la publicación objeto del sorteo en la propia página.
4.- Caducidad: Todos los reportajes contratados y que participen en el sorteo podrán realizarse en el periodo de 12 meses y siempre con cita previa. incluido el ganador del sorteo, empezando a contar dicho periodo desde el día siguiente a la contratación del reportaje objeto de cada sorteo.
5.- Ganador Los ganadores de los sorteos se extraen por sistemas informáticos y/o cualquier otro sistema que garantice la legalidad de dicho sorteo, de selección aleatoria entre todos aquellos que hayan participado conforme las reglas establecidas.
Los ganadores serán informados por correo electrónico y/o por la publicación de sus nombres en las redes sociales y/o en la propia Web de la Empresa.
Para todos los concursos/sorteos se designará un numero concretos de ganadores, en función de los premios. Además se escogerá también un numero concreto de suplentes utilizando los mismos criterios de selección.
Si el ganador renuncia al premio, la EMPRESA podrá decidir si lo da a los suplentes.
6.- -Localización realización del reportaje, esta sujeto y limitado a la provincia de Madrid ( Desplazamientos incluidos dentro del radio de la M-50) o Provincia de Ciudad Real ( Desplazamientos incluidos en un radio de 50 Km a contar desde el centro de la Capital de provincia), Por lo tanto, si se acordase una localización diferente con la persona ganadora o cualquier otra que haya contratado el servicio fuera del radio establecido se informará del precio de los desplazamientos si así lo solicita, debiendo asumir esta los posibles costes de hacerlo en caso de haberlos.
7.- La temática del reportaje son los establecidos en el sorteo, en caso de ser este el premio del sorteo, así como las personas participantes en el mismo (persona ganadora y otras del ámbito de la misma), será decisión de la Empresa.
8.- El premio de cada uno de los sorteos no podrá ser intercambiado, en ningún caso, por su valor en metálico.
9.- Las personas participantes, así como la persona o personas ganadoras, aceptan el tratamiento de los datos aportados para la participación y/o contratación en cada uno de los sorteos, promociones, etc.. , Los datos aportados serán gestionados cumpliendo con la ley vigente de Protección de Datos de Carácter Personal y según la Política de privacidad y condiciones del servicio establecidos por la empresa. Cualquier duda, consulta o reclamación acerca del tratamiento de los datos puede hacerse a través del siguiente Email: datos@presumedebebe.es
10.- Dado el carácter promocional de los sorteos, la persona o personas ganadoras de cada uno de estos y otras personas que puedan participar (o sus tutores legales) autorizan a la EMPRESA a la publicación de su nombre, así como a la publicación en las redes sociales y la web de las imágenes tomadas en los reportajes realizados como premio.
11.- La EMPRESA, como organizador de los sorteos, se reserva el derecho de anular la participación de cualquier persona que, a criterio propio, incumpla los términos de participación, así como de aquellas personas que realicen comentarios o acciones que puedan ser considerados abusivos hacia la EMPRESA u otras personas participantes en el sorteo. Igualmente, se reserva el derecho de paralizar o dar por finalizado el sorteo en caso de fuerza mayor, no debiendo por esto compensar en forma alguna a las personas participantes hasta el momento de hacerlo.
12.- Cualquier punto sobre los sorteos no reflejado en estas bases será resuelto por los responsables de la EMPRESA.
13.- Las personas participantes, así como la persona o personas ganadoras, aceptan estas bases en todos sus puntos.
14.- AMBITO DE APLICACIÓN Los concursos y promociones se extenderán a todo el territorio nacional.
ACEPTACIÓN BASES Y RESPONSABILIDAD
La participación en cada una de las acciones promocionales llevadas a cabo por la EMPRESA conlleva la aceptación íntegra de estas bases generales y las condiciones particulares que, en su caso, se establezcan en cada promoción/sorteo.
La EMPRESA se reserva el derecho de anular la promoción por razones justificadas, así como modificar estas bases o las de la acción promocional en cualquier momento o dejar el premio desierto. Si esto ocurriera será debidamente puesto en conocimiento de los participantes en el mismo canal en el que se haya llevado a cabo la acción, con una explicación motivada de la decisión.
De la misma forma, la EMPRESA, se reserva el derecho de excluir a aquellos participantes que vulneren las normas establecidas en las bases o cuyo comportamiento afecte al normal desarrollo de la acción promocional. Así como a descalificar a aquellos que actúen de forma abusiva o fraudulenta.
La EMPRESA queda eximido de responsabilidad en el caso de que no pueda localizar al ganador por causas no imputables a la empresa. También el ganador exime a la EMPRESA de la responsabilidad de cualquier perjuicio que pudiera derivarse del uso del premio otorgado.
Cualquier incidencia que pueda surgir y no esté contemplada en estas bases será resuelta por la EMPRESA conforme a su mejor criterio.
FISCALIDAD
Según lo establecido por la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas, y por el Real Decreto Legislativo 4/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, los premios derivados de acciones promocionales están sujetos a tributación.
Corresponderá a La EMPRESA, la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención pertinente. Dicha retención o ingreso a cuenta no procederá en aquellos premios inferiores a 300 €, que estén sometidos a tributación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La EMPRESA no será responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias del ganador.
Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas anteriormente, el ganador deberá firmar un escrito justificativo de la recepción del premio, aportar sus datos fiscales y copia de documento identificativo (CIF, NIF o Tarjeta de Residente). Así mismo, deberán firmar una declaración sobre el conocimiento de la fiscalidad de dichos premios.
LEY APLICABLE Y JURISDICCION
Las acciones de promoción, así como las bases que las regulan, están sujetas a la legislación española. Cualquier controversia que de ellas se deriven, y ante la ausencia de acuerdo amistoso, serán competentes los tribunales españoles